Estimados Clientes:
En relación con nuestro boletín 16/2021 de fecha 22 de enero del 2021, mediante el cual dimos a conocer para los CONTRIBUYENTES DEDICADOS A LA ENAJENACIÓN AL PÚBLICO EN GENERAL DE PETROLÍFEROS (Estaciones de Servicio) que se ampliaba hasta el 31 de diciembre del 2021, el plazo para emitir CFDI´s GLOBALES por ventas efectuadas al público en general, lo anterior siempre y cuando, entre otros requisitos, a partir de enero del 2021 dichos contribuyentes enviaran mensualmente los REPORTES DE SUS CONTROLES VOLUMÉTRICOS, a más tardar el tercer día natural del segundo mes siguiente, hacemos de su conocimiento que en reciente fecha, el SAT aperturó en su página de internet la posibilidad de que los contribuyentes antes mencionados puedan cumplir con esa obligación de envío de estos controles.
El link donde podrán realizar este cumplimiento es el siguiente: https://www.sat.gob.mx/tramites/01116/envia-tus-reportes-de-controles-volumetricos
En consecuencia y toda vez que esto ya es posible, a continuación el calendario de cumplimiento de esta obligación:
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MES A REPORTAR |
FECHA MÁXIMA DE ENVÍO DE LOS REPORTES DE CONTROLES VOLUMÉTRICOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO TRANSITORIO, FRACCIÓN III, DE LA RMF 2021. |
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Enero |
3 de marzo |
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Febrero |
3 de abril |
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Marzo |
3 de mayo |
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Abril |
3 de junio |
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Mayo |
3 de julio |
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Junio |
3 de agosto |
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Julio |
3 de septiembre |
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Agosto |
3 de octubre |
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Septiembre |
3 de noviembre |
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Octubre |
3 de diciembre |
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Noviembre |
3 de enero |
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Diciembre |
3 de febrero |
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.