ADENDUM 2 BOLETÍN INFORMATIVO TRANSCISIÓN EN EL CAMBIO DE TASAS DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
En seguimiento del tema del incremento del IVA al 16%, les informamos que el 28 de diciembre fue publicada la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, de la que destaca el artículo TERCERO que establece reglas para la emisión de comprobantes relacionado con operaciones efectuadas al 31 de Diciembre del 2009 y cobradas a partir del 11 de Enero del 2010.
De dicha disposición, hemos concluido lo siguiente (respecto de la mencionada cartera al 31 de Diciembre del 2009):
1.- Registrar en contabilidad el incremento del 1% adicional a partir del 11 de Enero del 2010 (cargo a clientes con abono a IVA por trasladar).
2.- Toda la cobranza a partir del 11 de Enero del 2010, se deberá dividir entre1.16 y se multiplica por 0.16
3.- Si el pago del cliente es por el total (incluido el 1% adicional para llegar al 16%) el saldo de clientes quedará cancelado en su totalidad.
4.- Si el pago del cliente es por el importe que originalmente se facturó con la tasa al 15%:, quedará un saldo pendiente de cancelar, para efectos de lo cual sugerimos:
- Realizar labor de cobro con el fin de recuperar ese 1% adicional; o en su defecto:
- Emitir nota de crédito por el importe no cobrado, bajo el entendido de que a la empresa le costará ese 1% adicional (castigando su precio).
En la siguiente liga podrán encontrar el texto íntegro de dicha disposición.