DÍAS DEL AÑO 2023 CONSIDERADOS INHÁBILES Y LOS PERIODOS GENERALES DE VACACIONES DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE (PRODECON).
Estimados clientes:
El día de hoy se publica en el Diario Oficial de la Federación en la sección del Poder Ejecutivo, Organismos Desconcentrados o Descentralizados el siguiente:
ACUERDO General número 001/2023 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2023.
Dada la naturaleza que tiene la PRODECON en materia tributaria, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho de los contribuyentes, proporcionándoles de forma gratuita, ágil y sencilla, servicios de asesoría y consulta, defensoría y representación así como dar seguimiento a los procedimientos de queja o reclamación contra actos de autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes; se hace necesario brindar seguridad jurídica y certeza respecto de los días que se considerarán inhábiles, así como aquellos en que se suspenden labores con motivo de los periodos vacacionales del año 2023.
A continuación, transcribimos el PRIMERO y SEGUNDO acuerdos que señalan los días inhábiles y los periodos de vacaciones correspondientes, que a la literalidad dicen lo siguiente:
“PRIMERO. Se establecen como días inhábiles correspondientes al año 2023 y respecto de los cuales no se computarán plazos ni términos legales en los actos, trámites y procedimientos que se sustancian ante las unidades administrativas de esta Procuraduría, los siguientes:
- Los sábados y domingos.
- Lunes 6 de febrero (en conmemoración del 5 de febrero).
- Lunes 20 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo).
- Miércoles 5, jueves 6 y viernes 7 de abril.
- Lunes 1 de mayo y viernes 5 de mayo.
- Jueves 2 y lunes 20 noviembre.
- Lunes 25 de diciembre.
Para la recepción y tramitación de las solicitudes de Acuerdos Conclusivos se considerarán inhábiles los días que comprenden los periodos vacacionales del año 2023 a que se refiere el artículo SEGUNDO del presente acuerdo general.
SEGUNDO. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente suspenderá actividades con motivo de los periodos vacacionales del año 2023, durante los días comprendidos del lunes 17 al viernes 28 de julio de 2023, reanudando labores el lunes 31 de julio del mismo año y del lunes 18 de diciembre de 2023 al martes 02 de enero de 2024, reanudando labores el miércoles 3 de enero de 2024, por lo que en dichos periodos no se computarán los plazos legales en los procedimientos tramitados ante las unidades administrativas adscritas a esta Procuraduría.
…”
El resto de los demás acuerdos que prevé el presente podrán ser consultados en el archivo adjunto que contiene el texto íntegro del acuerdo en comento para su lectura.
De conformidad con el PRIMERO transitorio el presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su emisión.
Atentamente:
Ficachi y Asociados, S.C.