Boletín 7 / 2023 LEGAL

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 55 Y 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE EDAD MÍNIMA PARA OCUPAR UN CARGO PÚBLICO.

Publicado 2023-06-07 12:44:31 |


DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 55 Y 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE EDAD MÍNIMA PARA OCUPAR UN CARGO PÚBLICO.

Estimados clientes:

Hacemos de su conocimiento que el día de ayer seis de junio del 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación en la sección vespertina y en  apartado del Poder Ejecutivo, Secretaría de Gobernación el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 55 Y 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE EDAD MÍNIMA PARA OCUPAR UN CARGO PÚBLICO.

A continuación, mencionamos la fracción reformada del articulo 55 y la reforma al artículo 91, ambos  artículos integrantes de nuestra carta magna.

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

  1. ...
  2. II.     Tener dieciocho años cumplidos el día de la elección;

Artículo 91. Para ser Secretario de Estado se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos.

Respecto a su entrada en vigor el Artículo Primero transitorio del mencionado  Decreto establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

De igual manera el Artículo Segundo transitorio menciona que  el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas, deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a continuación, texto íntegro:

“Segundo. Dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas, deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.”

 Resulta importante mencionar que con la presente  reforma se brinda una oportunidad mayor a los jóvenes mexicanos de poder participar y tomar acción en la vida política de nuestro país como diputados o secretarios de Estado.

Adjuntamos a ustedes archivo que contiene texto íntegro del decreto el cual fue obtenido de la página oficial del Diario Oficial de la Federación.

Atentamente:

Ficachi y Asociados, S.C.

Adjuntos

BOL 7 DECRETO PDF_FCH310.pdf