DONATARIAS AUTORIZADAS. INFORMES POR DONATIVOS OTORGADOS A PERSONAS FISICAS AFECTADAS POR EL HURACÁN OTIS.
Estimados Clientes:
Las Donatarias autorizadas que, tras el paso del Huracán Otis en el estado de Guerrero, otorguen donativos a las personas físicas afectadas en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez (declarados como zona de desastre natural en el Estado de Guerrero), deberán presentar a través del portal del SAT, dos informes respecto de dichos donativos, de conformidad con la regla miscelánea 11.13.6. y la ficha de trámite “1/DEC-14 Apoyo para la reconstrucción o rehabilitación de viviendas en las zonas afectadas del estado de Guerrero” del Anexo 1-A.
De acuerdo con la ficha de trámite 1/DEC-14, los dos INFORMES se deberán presentar en los siguientes plazos:
- Primer Informe: Se presenta durante el mes de enero de 2024 y comprenderá la información relativa al periodo del 24 de octubre al 31 de diciembre 2023.
- Segundo Informe: Se presenta durante el mes de julio de 2024 y comprenderá información relativa al periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2024.
Los informes se deberán presentar a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia en el portal del SAT y deberán especificar la información de los beneficiarios, del donante, tipo de donativo, monto o cantidad de los donativos y las zonas en las que se otorgaron.
A continuación transcribimos la regla miscelánea 11.13.6 del 2024.
Resolución Miscelánea Fiscal del 2024
Donativos otorgados a personas físicas para la reconstrucción o rehabilitación de vivienda en los municipios de Guerrero afectados
11.13.6. Para los efectos del artículo Decimotercero del Decreto a que se refiere este Capítulo, las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que otorguen donativos a las personas físicas afectadas en los municipios declarados como zonas afectadas, deberán presentar a través del Portal del SAT, un informe respecto de dichos donativos de conformidad con la ficha de trámite 1/DEC-14 Apoyo para la reconstrucción o rehabilitación de viviendas en las zonas afectadas del estado de Guerrero, contenida en el Anexo 1-A, especificando la información de los beneficiarios, del donante, tipo de donativo, monto o cantidad de los donativos y las zonas en las que se otorgaron.
La información que se presente conforme al párrafo anterior no releva a las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, de incluir esta información en la declaración informativa a que se refiere la regla 3.10.10.
Las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles deberán conservar en su contabilidad la documentación que acredite el apoyo para la atención de las zonas afectadas.
Decreto OTIS DOF 30/10/2023 Decimotercero, RMF 2024 3.10.10.
Debido a que aún no se han publicado el Anexo 1-A que contiene las fichas de trámite del 2024, adjunto al presente compartimos la ficha de trámite 1/DEC-14 del 2023 a fin de que puedan consultar el procedimiento para la presentación de los informes mencionados.
Atentamente:
Ficachi y Asociados, S.C.