Boletín 32 / 2024 FISCAL

ACTUALIZACIÓN DE LA CONTRASEÑA DEL RFC

Publicado 2024-03-11 13:59:39 |


Estimados clientes.

Compartimos con ustedes que, de acuerdo con la regla 2.2.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), las contraseñas del RFC de personas físicas y morales, con las cuales los contribuyentes pueden realizar diversos trámites en la página del SAT, tienen una vigencia de cuatro años a partir de la fecha en la que se genere o de la última actualización que hayan realizado.

Es importante mencionar que la vigencia de cuatro años antes mencionada, se dio a conocer mediante DOF, con fecha 24 de julio de 2020, a través de una modificación a la regla 2.2.1. de la RMF del 2020, por lo que para aquellos contribuyentes que ya tenían su contraseña activa en dicha fecha, en teoría el plazo de los cuatro años estaría por vencer en julio de este ejercicio 2024. Por supuesto que para aquellos contribuyentes que, con posterioridad al inicio de vigencia de esta regla generaron su contraseña o la modificaron, deberán computar el plazo de los cuatro años, a partir de la generación de la misma.

Debido a lo anterior, para aquellos contribuyentes que ya tenían su contraseña activa desde el 24 de julio del 2020, nuestra sugerencia sería que realicen la actualización de la contraseña lo antes posible, antes de que venza su vigencia, pudiendo realizar este trámite vía internet, desde el portal del SAT, siempre y cuando cuenten con la e.firma vigente y activa, de conformidad con las fichas de trámite 7/CFF  para personas físicas y la 311/CFF para personas morales.

De acuerdo con las fichas de trámite 7/CFF y 311/CFF, el procedimiento para realizar la solicitud de generación (por primera vez) o la actualización de la contraseña consiste en lo siguiente:

  1.  Acceder a la página del SAT a través de la siguiente liga:

Personas físicas:

https://www.sat.gob.mx/tramites/38517/generacion-y-actualizacion-de-contrasena-para-persona-fisica

Personas morales:

https://www.sat.gob.mx/tramites/38429/generacion-de-contrasena-con-e.firma-para-pm

  1. El sistema solicitará se adicionen los archivos de la e.firma, por lo que es indispensable que cuenten con la e.firma vigente.
  1. Después de ingresar con la e.firma se deberá capturar la contraseña de 8 dígitos. En caso de solicitar la generación de la contraseña por primera vez se deberá señalar un correo electrónico al que se tenga acceso.
  1. Dar clic en continuar y guardar el comprobante de la generación o actualización de la contraseña, según sea el caso.

 

A continuación transcribimos la regla 2.2.1 de la RMF 2024 antes citada y se adjunta al presente boletín las fichas de trámite mencionadas.

 

Valor probatorio de la Contraseña

2.2.1. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos, conformada por la clave en el RFC del contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la cual podrá cambiarse a través de las opciones, por medios electrónicos, que el SAT disponga para tales efectos.

La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.

La Contraseña tendrá una vigencia de cuatro años, contados a partir de la generación o la última actualización que se realice, la cual se deberá renovar por cualquiera de los medios que el SAT ponga a disposición.

La solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña deberá realizarse de conformidad con las fichas de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas físicas” y 311/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña para personas morales”, contenidas en el Anexo 1-A.

Al momento de realizar el trámite, el SAT podrá requerir información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y en general la situación fiscal de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas entregando el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal”.

Los solicitantes a quienes se requiera información y documentación de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, tendrán un plazo de seis días contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, para que aclaren y exhiban la información o documentación requerida, de conformidad con la ficha de trámite 197/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”, contenida en el Anexo 1-A, en la ADSC en la que iniciaron el citado trámite o a través de los medios electrónicos que, en su caso, determine el SAT.

En caso de que en el plazo señalado en el párrafo que antecede no se realice la aclaración, se tendrá por no presentada la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña.

 

 

Atentamente:

 

 

Ficachi y Asociados, S.C.

 

Adjuntos

Ficha de trámite 311-CFF_Personas morales._FCH390.docx

Ficha de trámite 7-CFF_Personas Fisicas._FCH391.docx