INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE PERSONAS FÍSICAS A TRAVÉS DE LA OFICINA VIRTUAL DEL SAT
Estimados clientes.
En relación con nuestro boletín fiscal 45/2024, hacemos de su conocimiento que en la Primera Modificación a la RMF 2024 se adicionó, para las siguientes personas físicas, la facilidad de tramitar la inscripción en el RFC, a través de la oficina virtual del SAT, la cual consiste en realizar el trámite en línea ingresando a una sección virtual con la autoridad, sin necesidad de realizarlo de forma presencial en las oficinas del SAT, de conformidad la regla miscelánea 2.4.11. Inscripción en el RFC, fracción XII y la ficha de trámite “321/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual” del Anexo 1-A.
La facilidad mencionada es aplicable para las siguientes personas:
- Mexicanos que viven en el extranjero sin obligaciones fiscales en México;
- Personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, así como;
- Personas físicas sin obligaciones fiscales
A continuación transcribimos la regla miscelánea 2.4.11 y adjuntamos la ficha de trámite 321/CFF del Anexo 1-A, mediante la cual podrán consultar los requisitos y el procedimiento a seguir.
Inscripción en el RFC
2.4.11. Para los efectos de los artículos 22 y 24 del Reglamento del CFF, la inscripción en el RFC se realizará en los términos siguientes:
I. a. XI. ...
XII. La inscripción de mexicanos que viven en el extranjero sin obligaciones fiscales en México; personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, así como de personas físicas sin obligaciones fiscales, de conformidad con la ficha de trámite 321/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas a través de oficina virtual”, contenida en el Anexo 1-A.
RCFF 22, 24
Atentamente:
Ficachi y Asociados, S.C.