Estimados Clientes:
Uno de los elementos más importantes de la Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, es la identificación de Actividades Vulnerables según lo dispuesto por el artículo 17 de la mencionada Ley.
Conforme a lo anterior, adjuntamos a ustedes cuadro resumen con los supuestos previstos en el mencionado artículo, así como los montos para identificar si dicha actividad se considera Vulnerable, los montos para determinar si debe presentarse aviso y los Anexos mediante los cuales deberán darse los Avisos correspondientes, según el tipo de actividad.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.