Boletín 27 / 2013

PROHIBICIONES AL USO DEL EFECTIVO (MONEDAS, BILLETES) O METALES

Publicado 2013-10-09 20:24:46 |


Estimados Clientes:

Con motivo de lo dispuesto en los artículos 32 (contenido en el Capítulo IV) de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley PIORPI), así como Quinto de dicha Ley  y Segundo Transitorio de su Reglamento, a partir del 31 de Octubre del 2013, queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones, así como liquidar y pagar o aceptar la liquidación o pago de diversos actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes (nacional o extranjera) o metales preciosos en diversos casos y según diversos montos.

De igual forma en el artículo 33 (contenido en el mismo capítulo) se establecen los lineamientos mediante los cuales se deberá identificar la forma en que se realicen los pagos en dichos diversos casos.

Derivado de lo anterior, adjuntamos a ustedes cuadro resumen que contiene los diversos actos, operaciones o supuestos a los que les aplican dichas restricciones, así como los montos a los cuales les aplica tal prohibición y la forma en que deben identificarse según lo mencionado por dicho artículo 33.

 

ATENTAMENTE

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C

Adjuntos

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