Estimados clientes:
En seguimiento a nuestro boletín 56/2024, en relación con la obligación de habilitar el BUZÓN DEL IMSS que deben cumplir los patrones, recordamos a ustedes que, de acuerdo con los lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, publicados en el DOF el 5 de agosto de 2024, la fecha límite para habilitarlo concluye el 01 de febrero de 2025.
A través del Buzón del IMSS, podrán realizar diversos trámites ante el Instituto, tales como atención de aclaraciones, notificaciones, comunicados, servicios de cobranza, opinión del cumplimiento en materia de seguridad social, entre otros y para habilitarlo se requiere contar con la e.firma del SAT, registrar al menos un correo electrónico y un número de celular y firmar los “Términos y Condiciones”.
Compartimos a ustedes:
- Enlace a la página del IMSS a través del cual podrán realizar la activación del BUZÓN IMSS. https://www.imss.gob.mx/buzonimss
- Guía para la activación del BUZÓN IMSS.
- Infografías relacionadas con el tema publicadas por el Instituto en su cuenta de red social “X”
Atentamente,
Ficachi y Asociados, S.C.