Boletín 18 / 2025 FISCAL

SECTOR TRANSPORTE. FAC ADM 2025 PENDIENTES PARA PODER ACREDITAR EL ESTÍMULO DIÉSEL CONTRA RETENCIONES DE ISR

Publicado 2025-02-06 11:36:55 |


Estimados Clientes:

Como es de su conocimiento, a partir del ejercicio 2019 no es posible efectuar el pago de RETENCIONES DE ISR mediante compensación o acreditamiento alguno. No obstante lo anterior, anualmente por Resolución de Facilidades Administrativas, como un caso de excepción, se permite a los contribuyentes del sector Autotransporte que tributen en el Régimen de Coordinados, la posibilidad de que efectúen el pago del ISR RETENIDO POR PAGO DE SALARIOS, HONORARIOS, ARRENDAMIENTO O CUALQUIER OTRA RETENCIÓN DE ISR, mediante el acreditamiento del Estímulo por adquisición de Diésel.

Toda vez que la Resolución de Facilidades Administrativas tiene vigencia anual, es necesario, por lo tanto, esperar a que se publiquen las que tendrán vigencia en cada ejercicio, a fin de verificar que se refrende la regla específica de dicha Resolución, que otorga la facilidad de acreditar el ISR RETENIDO contra el Estímulo por Adquisición de Diésel.

A la fecha de emisión de este boletín (06 de febrero del 2025) no ha sido publicada la Resolución de Facilidades Administrativas que tendrá vigencia para el ejercicio 2025 y considerando que el primer pago mensual en el que se podrá aplicar la facilidad de acreditar el ISR RETENIDO contra el Estímulo por adquisición de Diésel, podría ser el del mes de enero del 2025, que se presenta el 17 de febrero del 2025, sería necesario esperar a que antes de dicha fecha (17 de febrero del 2025) sean publicadas las facilidades respetivas para poder tener derecho a acreditar el Estímulo por adquisición de Diésel contra las retenciones de ISR efectuadas en el mes de enero del 2025. De lo contrario, en estricto cumplimiento de Ley no sería posible usar el estímulo generado en enero del 2025 contra las retenciones de ISR, quedando a decisión del contribuyente este acreditamiento, bajo la suposición de que aun cuando se publiquen después de dicha fecha, las facilidades lo permitirán.

Es por lo anterior que el modelo de escrito que nuestra firma prepara para ustedes, con los cuales se presenta ante la autoridad el aviso respectivo, lo damos a conocer una vez que es publicada dicha Resolución de Facilidades Administrativas que estará vigente en cada ejercicio, toda vez que en este escrito hacemos referencia a la Regla específica, de la Resolución de Facilidades Administrativas vigente para cada año, que otorga dicho beneficio.

En cuanto sea publicada la Resolución de Facilidades Administrativas 2025 mandaremos el boletín respectivo. Cabe mencionar que en las siguientes fechas han sido publicadas las facilidades administrativas de los tres ejercicios anteriores, por lo que es de esperarse que en fechas similares sea publicada la de este año. Estaremos atentos, por supuesto, a su publicación:

  • La Resolución de facilidades administrativas del ejercicio 2024, se dio a conocer mediante DOF del 23 de febrero de 2024
  • La Resolución de facilidades administrativas del ejercicio 2023, se dio a conocer mediante DOF del 03 de marzo de 2023
  • La Resolución de facilidades administrativas del ejercicio 2022, se dio a conocer mediante DOF del 14 de abril de 2022
  • La Resolución de facilidades administrativas del ejercicio 2021, se dio a conocer mediante DOF del 30 de marzo de 2021

     

 

Atentamente:

 

Ficachi y Asociados, S.C.