Boletín 40 / 2025 FISCAL

PLAZOS PARA ATENDER CARTA U OFICIO INVITACIÓN, REQUERIMIENTOS Y COMUNICADOS DEL SAT

Publicado 2025-05-07 17:16:07 |


Estimados clientes,

Con motivo de los constantes actos que actualmente está emitiendo la autoridad fiscal a los contribuyentes mediante cartas invitación, exhortos, requerimientos, multas, comunicados, así como oficios-invitación y comunicados para entrevistas de lo que la autoridad denomina “vigilancia profunda”, al detectar la autoridad incumplimientos o inconsistencias en sus obligaciones fiscales motivadas por discrepancias entre los que se declaró por parte del contribuyente contra lo que se manifiesta en sus CFDI, compartimos a ustedes el siguiente cuadro resumen en el cual detallamos los plazos para atender cada uno de dichos actos.

 

Debido a su importancia, el cuadro resumen mencionado tiene la finalidad de compartirles el plazo límite que disponen para presentar las aclaraciones y correcciones correspondientes de cada uno de los actos que reciban por parte de la autoridad, ya que de no hacerlo, podrá ser una causal para que la autoridad notifique posteriormente la restricción temporal los Certificados de Sellos Digitales y consecuentemente estarían imposibilitados para emitir CFDI y en el caso de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, inclusive la pérdida de su autorización como donatarias, con la consecuente posibilidad de que tengan que transmitir su patrimonio a otra donataria si no se realizan las aclaraciones correspondientes a satisfacción de la autoridad y si no se renueva su autorización.

 

Acto de la autoridad

Plazo para presentar la aclaración

Procedimiento para presentar la aclaración

Fundamento

Carta invitación o exhorto

De conformidad con el procedimiento que en la carta o exhorto se haya establecido

Conforme al procedimiento señalado en la carta invitación o exhorto

R. 2.9.13, primer pfo, RMF

Requerimientos con motivo de la vigilancia del cumplimiento

Dentro de los 15 días hábiles

Mi portal > Aclaraciones > Solicitud >

"REQ O COMUNICADO POR OMISIÓN"

R. 2.9.13, segundo pfo, RMF
Ficha 128/CFF, Anexo 1-A

Multas con motivo de la vigilancia del cumplimiento

Dentro de los 30 días hábiles

Mi portal > Aclaraciones > Solicitud > "MULTAS CONTROL DE OBLIGACIONES"

R. 2.9.13, segundo pfo, RMF

Ficha 128/CFF, Anexo 1-A

Comunicados con motivo de la vigilancia del cumplimiento

En cualquier momento

Mi portal > Aclaraciones > Solicitud >

"REQ O COMUNICADO POR OMISIÓN"

R. 2.9.13, segundo pfo, RMF

Ficha 128/CFF, Anexo 1-A

Oficio- Invitación para entrevista, en el marco de vigilancia profunda

Dentro de 10 días hábiles

Mi portal > Aclaraciones > Solicitud > "ENTREVISTA VIGILANCIA PROFUNDA"

Ficha 325/CFF, Anexo 1-A

Comunicados, en el marco de vigilancia profunda

Cuando se requiera

Mi portal > Aclaraciones > Solicitud > "MENSAJES VIGILANCIA PROFUNDA"

Ficha 325/CFF, Anexo 1-A

 

 

De los actos que detallamos en el cuadro anterior destaca lo siguiente:

 

  • Cuando se trata de “Requerimientos”, “Multas” u “Oficio-Invitación” existe un plazo específico para atender cada uno de ellos, que son los 15, 30 o 10 días hábiles respectivamente;

 

  • Cuando se trate de “Cartas invitación o exhortos”, el plazo y procedimiento para atenderlas será señalado en la propia carta invitación, por lo que es de suma importancia dar puntual lectura a todo el documento o mensaje que envíe la autoridad.

 

  • Cuando se trate de “Comunicados”, en este tipo de actos no existe un plazo límite para atenderlos, no obstante, nuestra sugerencia es que SIEMPRE atiendan este tipo de actos, presentando el escrito de aclaración respectivo, en el que señalen que corrigieron las inconsistencias detectadas por la autoridad (una vez que hayan efectuado las correcciones) y/o expliquen a la autoridad con argumentos válidos del porqué no procede la observación que les realizó, según corresponda, y al no existir un plazo específico para presentar la aclaración, sugerimos hacerlo aplicando el plazo de los 10 días que otorga la autoridad para Oficio- Invitación para entrevista de vigilancia profunda o como máximo los 30 días que otorga en el caso de multas con motivo de la vigilancia del cumplimiento.

 

Adicionalmente adjuntamos en documento Word, la regla miscelánea 2.9.13 y las fichas de trámite 128/CFF y 325/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2025, en las cual podrán consultar el detalle de los requisitos y procedimiento a seguir para presentar la aclaración correspondiente.

 

  • Regla “2.9.13 Aclaración de cartas invitación, exhortos o comunicados por incumplimiento a las disposiciones fiscales” de la RMF 2025

 

  • Ficha de trámite “128/CFF Aclaración de requerimientos, multas o comunicados de obligaciones omitidas por motivo de la vigilancia del cumplimiento en materia de presentación de declaraciones” del Anexo 1-A

 

  • Ficha de trámite “325/CFF Aclaración de comunicados y oficios invitación para entrevista de vigilancia profunda” del Anexo 1-A

 

 

Atentamente:

 

Ficachi y Asociados, S.C.

Adjuntos

Ficha de trámite 325-CFF_Anexo 1-A._FCH530.docx

Regla 2-9-13 y Ficha de trámite 128-CFF del Anexo 1-A._FCH531.docx