Boletín 41 / 2025 FISCAL

INFORMATIVA DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. DIM - ANEXO 9

Publicado 2025-05-13 13:28:00 |


Estimados clientes:

En relación con nuestros boletines fiscales 35/2023, 37/2023, 69/2023, 24/2024, relacionados con la presentación de la Declaración Informativa por operaciones con partes relacionadas, les recordamos a ustedes que el plazo para cumplir con dicha obligación es a más tardar el 15 de mayo de 2025, respecto de las operaciones realizadas en el ejercicio 2024, de acuerdo con los artículos 76, fracción X y 110, fracción X de la Ley del ISR.

De esta obligación los puntos más relevantes son los siguientes:

  • La obligación de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con partes relacionadas es para personas morales y personas físicas con actividad empresarial y profesional.
  • Adicional a la Declaración Informativa mencionada, existe también la obligación de obtener y conservar el estudio de precios de transferencia, con el cual demuestren que las operaciones realizadas con sus partes relacionadas fueron a precio de mercado.
  • Al presentar la declaración informativa, se requerirá señalar algunos datos del estudio de precio de transferencia, por ello es indispensable contar con dicho estudio.
  • Podrán estar relevados, de presentar la Declaración Informativa mencionada y de obtener y conservar el estudio de precio de transferencias, los contribuyentes que en el ejercicio anterior hayan tenido ingresos inferiores a $13’000,000.00, así como aquellos cuyos ingresos derivados de la prestación de servicios profesionales no hubiesen excedido de $3’000,000.00 (de conformidad con las reglas misceláneas 3.9.2. y 3.9.18. de la RMF 2025).
  • Las multas por no presentar la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas, por presentarla incompleta o con errores son de $99,590.00 a $199,190.00 (en términos del artículo 81, fracción XVII, en relación con el artículo 82 XVII, del CFF).
  • El medio para presentar dicha Informativa es a través del Anexo 9 de la DIM (Declaración Informativa Múltiple).
  • Debido a que el aplicativo de la DIM no ha sido actualizado por parte de la autoridad, el título del Anexo 9 continúa señalando que es para informar operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, sin embargo, a través de ese Anexo se debe presentar todas las operaciones con partes relacionadas correspondientes al ejercicio 2024, es decir, tanto las operaciones con residentes en México o como con residentes en el extranjero. 

 Lo anterior, en relación con las preguntas frecuentes que publicó el SAT, a través de las cuales señaló que, en caso de realizar operaciones con partes relacionadas con residentes nacionales, se deberá presentar la declaración a través del Anexo 9 de la DIM y que en el campo denominado “Número de identificación fiscal” de dicho Anexo se deberá señalar el RFC de la parte relacionada.

 

Adicionalmente compartimos a ustedes los accesos para ingresar al nuevo portal del SAT en los cuales podrán descargar el aplicativo de la “DIM” y ubicar el link para enviar el archivo “.dec” de la declaración a través de “MultiplesInternet”.

 

Para personas físicas:

Inicio > Trámites y Servicios > Declaraciones para personas > Informativas Múltiples (DIM)

https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/declaraciones-pf

 

Para empresas:        

Inicio > Trámites y Servicios > Declaraciones para empresas > Informativas Múltiples (DIM)

https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/declaraciones-pm

 

 

 

 

Atentamente.

 

Ficachi y Asociados, S.C.