Boletín 10 / 2010 FISCAL

ANEXO 2,3,4,9,11,12,13,14,17, 18 Y 19 MISCELÁNEA 2010

Publicado 2010-06-15 17:54:15 |


Estimados Clientes:

Con fecha de hoy (15/06/2010) y adicional al ANEXO 20 DE LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL 2010 se publicaron los siguientes anexos:

ANEXO 2. Porcentajes de deducción opcional aplicable a contribuyentes que cuenten con concesión, autorización o permiso de obras públicas en los términos de la regla I.3.3.2.5., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010.

ANEXO 3. Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

ANEXO 4. A. Instituciones de crédito que están autorizadas a recibir declaraciones en formato oficial. B. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de declaraciones provisionales y anuales por Internet y ventanilla bancaria. C. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos de derechos, productos y aprovechamientos por Internet y ventanilla bancaria. D. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos por depósito referenciado mediante línea de captura.

ANEXO 9 A.Tabla a que se refiere la regla I.3.14.2., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, para la actualización de las deducciones que señala el artículo 148 de la Ley del ISR.

ANEXO 11. Catálogos de claves.

ANEXO 12. Entidades federativas y municipios que han celebrado con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, para efectos del pago de derechos

ANEXO 13. Áreas geográficas destinadas para la prevención de la flora y fauna silvestre y acuática.

ANEXO 14. Donatarias autorizadas.

ANEXO 17. A. Definiciones. B.Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores. C.Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio.D.Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor. E.Organo Verificador. F.Operadores que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos a través de agencias. G.Información que deberá entregar el operador.

ANEXO 18. “De los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general”.

ANEXO 19. Cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos del año 2010.

 Los anexos mencionados los podrán encontrar en nuestra página de internet www.ficachi.com.mx., ya que por su tamaño no puede ser anexado al presente correo.

 

Atentamente

FICACHI CONSULTORES.

Adjuntos

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