Boletín 45 / 2015 FISCAL

DISIF POR OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.- ANTEPROYECTO DE LA 3A MODIFICACIÓN A LA RMF 2015

Publicado 2015-06-17 12:17:04 |


Estimados Clientes:

Dando continuidad al BOLETIN 44/2015 ANTEPROYECTO DE LA 3a MODIFICACION A LA RMF 2015, hacemos de su conocimiento que con fecha 16 de Junio de 2015 se actualiza de nueva cuenta en la Página de Internet del SAT el ANTEPROYECTO de la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2015 y sus Anexos 1-A, 3,7, 15, 23, y 26, de la que destacan reglas relacionas con la presentación de la Declaración Informativa de su situación fiscal (DISIF), respecto de operaciones realizadas con Residentes en el Extranjero:

  • La adición de una regla 2.20.4 en la que se señala que quienes hayan realizado operaciones con Residentes en el extranjero por montos inferiores a $30,000,000.00 quedan relevados de presentar la DISIF.
  • La adición de una regla 2.20 5 en la que se señala los anexos de la DISIF que únicamente deberán llenar quienes hayan realizado operaciones con Residentes en el extranjero (por haber rebasado el monto de $30,000,000.00 señalado anteriormente)

 A continuación el texto íntegro de las reglas mencionadas, :

2.20.4. Contribuyentes relevados de la obligación de presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal

Para los efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal (DISIF) por haberse ubicado únicamente en el supuesto a que se refiere la fracción V del citado artículo, podrán optar por no presentarla cuando el importe total de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero en el ejercicio fiscal sea inferior a $ 30,000,000.00.

CFF 32-H 

2.20.5. Contribuyentes personas morales residentes en México con operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero

Para los efectos del artículo 32-H, fracción V del CFF, los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal (DISIF), tendrán por cumplida dicha obligación cuando presenten en forma completa la información de los siguientes apartados de la DISIF que les sean aplicables:

a) Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.

b) Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero.

c) Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.

d) Operaciones con partes relacionadas.

e) Información sobre sus operaciones con partes relacionadas.

f) Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

CFF 32-H

Adjuntamos a ustedes texto íntegro del ANTEPROYECTO

 

ATENTAMENTE

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

201506171217040.pdf