CONDONACIÓN DE ACTUALIZACIÓN, RECARGOS Y MULTAS DE CRÉDITOS FISCALES DE CONTRIBUCIONES ESTATALES
Estimados Clientes:
A través de la Gaceta Extraordinaria 040 (del 28 de Enero del 2016) la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz da a conocer el Decreto para la “Condonación de Actualización, Recargos y Multas de Créditos Fiscales Derivado de Contribuciones Estatales y Multas por Verificación Vehicular Extemporanea”.
En dicho Decreto se establece lo siguiente:
- Se condona al 100% la Actualización, Recargos y Multas, que tengan a su cargo las Personas Físicas y Morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes por créditos fiscales o adeudos derivados de las contribuciones estatales, determinados por la Autoridad Fiscal Estatal o los que autodeterminen los contribuyentes, que se hubiesen causado hasta el 31 de diciembre de 2015.
- El beneficio de este decreto podrá solicitarse a partir del día 29 de Enero de 2016 y hasta el día 30 de abril de 2016 mediante los medios que dé a conocer la Secretaría de Finanzas y Planeación.
- Esta condonación no será aplicable para aquellos créditos fiscales que se encuentren controvertidos ante Autoridades Administrativas o Jurisdiccionales, en el caso de que el contribuyente deseen adherirse a dicho Decreto deberán desistir previamente del medio de defensa promovido.
- No se podrán condonar la actualización, recargos, multas y gastos de ejecución de créditos fiscales pagados con anterioridad a la publicación de dicho decreto y en ningún caso dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
- En el caso de créditos fiscales que se estén pagando a plazos, ya sea diferidos o en parcialidades, la condonación procederá por el saldo pendiente de liquidar, correspondiente a actualización, recargos, multas y gastos de ejecución.
Adjuntamos texto íntegro de la Gaceta que contiene lo antes mencionado.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.