SECTOR PESQUERO Y AGROPECUARIO.- ESTÍMULOS FISCALES A GASOLINA Y DIESEL
Estimados Clientes:
En términos del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ESTÍMULOS FISCALES A LA GASOLINA Y EL DIESEL EN LOS SECTORES PESQUERO Y AGROPECUARIO”, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de Diciembre del 2015, se estableció un estímulo fiscal a los contribuyentes que enajenen Gasolina menor a 92 octanos, así como Diesel, para los integrantes del SECTOR AGROPECUARIO inscritos en el padrón que al efecto lleva la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
Dicho estímulo consiste en un % de la cuota IESPS prevista en el artículo 2, fracción I incisos a) y c) de la Ley del IESPS (cuota que causa quien enajena este combustible) aplicables a los dos mencionados combustibles, por lo que con fechas del 30 de Diciembre del 2015, 29 de Enero del 2016 y 29 de Febrero del 2016, se dieron a conocer los estímulos aplicables para los meses de Enero, Febrero y Marzo del 2016, consistentes en la cuota IESPS disminuida que quedaría una vez aplicado dicho estímulo.
A la fecha las cuotas IESPS disminuidas han quedado en cero, toda vez que el estímulo ha sido del 100% sobre el monto de dicha cuota IESPS, reiterando que este estímulo es aplicable a quienes enajenen gasolinas y diesel únicamente para los SECTORES PESQUERO Y AGROPECUARIO y estableciéndose mediante el Artículo Segundo Transitorio del Acuerdo mencionado, que en tanto se emiten los lineamientos para emitir los mecanismos de control para la aplicación de este estímulo, los contribuyentes de los Sectores mencionados podrán aplicar el estímulo fiscal siempre que cumplan con los requisitos de control emitidos por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, aplicables hasta 2015, en materia de precios de estímulo para la gasolina utilizada en las actividades de pesca ribereña, y del diésel utilizado para pesca, acuacultura y uso agropecuario.
En tanto se emiten las reglas para la aplicación de este estímulo para dichos SECTORES, adjuntamos a ustedes archivo con los estímulos para los meses de Enero a Marzo del 2016, mismos que iremos actualizando mes con mes y que formará parte de nuestros indicadores fiscales, bajo el ANEXO 25.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.