Estimados Clientes:
Con fecha de hoy se publica en el DOF la PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SECTORES DE CONTRIBUYENTES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA EL 2016.
La parte medular de esta resolución se centra en modificar la unidad de medida con la cual se determina a los contribuyentes del SECTOR PRIMARIO como exentos o sujetos de ciertos beneficios. Esta modificación consistió en SUSTITUIR como valor de medida en todas aquellas reglas que hacía referencia al Salario Mínimo, agregando como valor de medida la UMA "Unidad de Medida y Actualización" de tal suerte que, por ejemplo para la regla 1.6 que establece que las Personas Físicas dedicadas a Actividades Agrícolas, Silvícolas, Ganaderas o Pesqueras, cuyoa ingresos en el ejercicio fiscal no excedan de 40 UMA´s (en sustitución a 40 salarios mínimos generales), y que en consecuencia no tengan obligación de presentar declaraciones periódicas, se pueden instribir en el RFC a través de los adquirentes de sus productos.
En los mismos términos fueron modificadas las reglas 1.7 (Exención para personas físicas y opción de facilidades para personas morales), 1.11 (Ingresos de la persona moral), 1.12 (Facilidad para sociedades cooperativas de producción pesqueras o silvícolas); todas ellas pertenecientes al Título I (SECTOR PRIMARIO).
Habrá que esperar a ver si exiisten reformas en otros ordenamientos en los que, posiblemente, se adopte esta nueva unidad de medida.
Adjuntamos texto íntegro de la Resolucion sombreando la parte correspondiente al tema comentado.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.