Boletín 38 / 2016

AVISO PARA DEDUCIR PAGOS POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE CASA HABITACIÓN E INVERSIONES EN COMEDORES, AVIONES Y EMBARCACIONES

Publicado 2016-05-06 18:29:39 |


Estimados Clientes 

Dando seguimiento a nuestro Boletín 36/2016.- 2a Resolución de Modificaciones a la RMF 2016, informamos a ustedes que para efectos de la Regla 3.3.1.35, se dispone en el Artículo Tercero Transitorio, que el “Aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitación e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones”, contenida en el Anexo 1-A, podrá presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2016. 

Adjuntamos texto íntegro de lo antes mencionado.

 

ATENTAMENTE 

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

Normatividad_DeduccionCasaHabeInversiones_FCH390.pdf