Estimados clientes
Con fecha del Viernes 19 de Noviembre del 2010, se publica en la sección de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los siguientes decretos:
- DECRETO por el que se adiciona un artículo 226 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta
- DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
- DECRETO por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
El primero de ellos para establecer un estímulo fiscal a contribuyentes que efectúen aportaciones a proyectos de inversión en la producción teatral nacional.
El segundo de ellos para adicionar un inciso F (que se encontraba derogado) a la fracción I del artículo 2 de la Ley del IESPS, a fin de incluir como objeto de este impuesto la enajenación de “Bebidas energetizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes” a la tasa del 25%, modificándose y adicionándose en consecuencia otras disposiciones fiscales de la misma Ley a fin de incluir ciertas obligaciones, definiciones y aclaraciones en relación con la enajenación de este bien, nuevo objeto de este impuesto.
El tercero de ellos para reformar el inciso C de la fracción I del artículo 2 de la Ley del IESPS con el objeto de incrementar la cuota de $ 0.10 a $ 0.35 (10 a 35 centavos) por cigarro enajenado o importado.
Adjuntamos texto íntegro de la sección de la SHCP con los tres decretos mencionados.
ATENTAMENTE
FICACHI CONSULTORES