Boletín 50 / 2016 FISCAL

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES - CREACION DE LA AUTORIDAD FISCAL

Publicado 2016-07-04 09:36:39 |


Estimados Clientes:

Con fecha 30 de Junio de 2016 en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publica lo siguiente: 

  1. REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
  2. DECRETO por el que:
    • Se crea la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales y
    • Se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES.

Compartimos a ustedes la estructura de dicho reglamento.

Hasta el momento, en la Ley y en el Reglamento de las Zonas Económicas Especiales no se ha dado a conocer en que consisten los beneficios fiscales a que hace referencia el  articulo 13 la LFZEE.

No obstante, en dicho artículo 13 de LFZEE  en correlación con el artículo 55, 56 y 57 del RLFZEE, se señala  que se publicará en el DOF, el Decreto de Declaratoria de la Zona, que contendrá entre otras: 

  • Las facilidades administrativas y los beneficios fiscales, aduaneros y financieros, entre otros, que se otorgarán exclusivamente en la Zona.
  • Se establecerán los beneficios fiscales en materia de contribuciones que se consideren necesarios para impulsar el establecimiento y desarrollo de la Zona.
  • Los beneficios serán temporales y, en su caso, el monto de la desgravación o descuentos de las contribuciones se otorgarán de manera decreciente en el tiempo. Además deberá establecer las medidas relacionadas con su forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales.
  • Los beneficios que se otorguen deberán incentivar la generación de empleos permanentes e inversiones productivas que impulsen el desarrollo económico de
    la Zona y la creación de infraestructura.
  • Para el establecimiento de los beneficios e incentivos, se considerarán, entre otros elementos, la valoración, en términos monetarios, de los costos y beneficios asociados directa e indirectamente a la ejecución y operación de la Zona, y la conveniencia de los beneficios e incentivos respecto a su temporalidad y modalidades

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA AUTORIDAD FEDERAL PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES

Se crea la Autoridad Federal para Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFDZEE), como un órgano desconcentrado de la SHCP de carácter especializado para llevar a cabo la ejecución de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales en el ámbito administrativo.

Esta autoridad será la encargada de ejercer las funciones en materia de planeación, promoción, regulación, supervisión y verificación en materia de Zonas que la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales confiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las demás que establecen las disposiciones jurídicas aplicables. 

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

Se reforma el artículo 2, apartado D, para dar nacimiento precisamente a la AFDZEE. Este artículo señala que la SHCP, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará  de la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFDZEE) como un  Órgano Administrativo Desconcentrado.

 

Adjuntamos a ustedes el Decreto y la Estructura del Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales.

 

ATENTAMENTE:

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

ESTRUCTURA RLFZEE._FCH390.docx

REGLAMENTO LEY F ZONAS EC ESP_30Jun16_FCH391.pdf