SCJN_AMPARO EN MATERIA DE LÍMITE DE DEDUCCIONES EN PRESTACIONES A LOS TRABAJADORES
Estimados Clientes:
Compartimos a ustedes el comunicado de prensa No. 164/2016 de fecha 21 de Septiembre de 2016 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Segunda Sala de la SCJN avaló la constitucionalidad del límite a las deducciones para las prestaciones sociales que los contribuyentes otorgan a sus trabajadores:
- Pagos que sean ingresos exentos para el trabajador (artículo 28-XXX. LISR).
- Aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensión o jubilación del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social (artículo 25-X. LISR).
- Cuotas de seguridad social enteradas por el patrón y pagadas por el trabajador (artículo 25-VI. LISR).
Adicionalmente también resuelve:
- El reconocimiento fiscal de los efectos inflacionarios al costo de lo vendido (artículo 39 ultimo párrafo. LISR)
Adjuntamos a ustedes el comunicado de prensa, asi como el link donde lo podrán consultar:
http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=4388
ATENTAMENTE:
FICACHI Y ASOCIADOS.