AVISO_PARA EL ACREDITAMIENTO DEL ESTIMULO IEPS POR LA ADQUISICION DE DIESEL O BIODIESEL Y SUS MEZCLAS 2017
Estimados clientes:
En términos, de las fracciones I y IV, del apartado A del Artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2017, es posible hacer uso del Estímulo Fiscal por adquirir Diésel en los siguientes casos:
- Personas que realicen Actividades Empresariales y que usen Diésel para Maquinaria en general (fracción I)
- Contribuyentes que adquieran Diésel para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga (fracción IV)
Derivado de lo anterior, la normatividad aplicable señala la obligación de presentar un aviso por el uso de dicho estímulo:
- Quienes usen el Diésel para Maquinaria en general, deberán presentar el aviso a más tardar el 31 de marzo de 2017, a través del buzón tributario (Regla 9.17 en correlación con la ficha de tramite 7/LIF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017)
- Quienes usen el Diésel en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, deberán presentar el aviso dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la primera declaración, en la que se aplicó el estímulo (Regla 9.7 17 ), en correlación con la fichas de tramite 3/LIF y 4/LIF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017)
Por lo tanto adjuntamos:
- Archivo con la normatividad mencionada anteriormente (Reglas de Resolución miscelánea aplicables y Fichas de trámite del Anexo 1-A correspondientes).
- Formato de escritos que sugerimos presentar en los plazos mencionados para cuando hagan uso de estos estímulos.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.