CUOTAS IEPS 2017_APLICACION DEL ESTIMULO FISCAL POR ADQUISICION DE DIESEL
Estimados Clientes:
Como es de su conocimiento, en términos del artículo 16, apartado A fracción IV, de la Ley de Ingresos de la Federación para el presente ejercicio, los contribuyentes que adquieran Diésel para uso automotriz en vehículos que se destinen al TRANSPORTE PÚBLICO Y PRIVADO DE PERSONAS Y DE CARGA tienen, como estímulo fiscal, la posibilidad de Acreditar contra ISR propio o retenido, el monto de la Cuota IESPS a que se refiere el artículo 2, fracción I inciso D), numeral 1, subinciso c, de la Ley del IESPS, que causa quien enajenó dicho combustible.
En seguimiento al boletín 12/2017, adjuntamos en el presente las cuotas Diésel actualizadas a la fecha, aplicables según el periodo correspondiente por el que se haya adquirido el Diésel.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.