RINFONAVIT_IMPOSICIÓN DE MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE LOS PATRONES
Estimados Clientes:
Con fecha de hoy 25 de Agosto 2017, se publica en el Diario Oficial de la Federación, en la sección del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones.
Comentamos a ustedes los aspectos más relevantes:
- Artículo 2, fracción VII.
Adicionan el termino UMA a la definición de conceptos.
- Artículo 5, último párrafo.
Se permite que la denuncia que hagan los trabajadores por cualquier acto u omisión del patrón que pueda infringir la Ley o sus reglamentos, se pueda realizar a través de los medios electrónicos autorizados por el Instituto.
- Artículo 6, fracción XIV.
El obstaculizar o impedir una revisión documental que practique el Instituto, es una infracción a la Ley y sus reglamentos.
La multa que corresponde es de 301 a 350 veces la UMA, $ 22,722.49 a $ 26,421.50. (Artículo 8, fracción V).
- Artículo 6, fracción XVIII.
Se considera infracción, no proporcionar la información señalada en la Ley, sus reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables dentro de los plazos establecidos, a través de los medios y formatos correspondientes.
La multa que corresponde es de 251 a 300 veces la UMA, $ 18,947.99 a $ 22,647.00. (Artículo 8, fracción IV).
Adjuntamos a ustedes para su lectura, el texto íntegro del Decreto.
ATENTAMENTE:
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.