CFDI DE PAGOS.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EXPEDIRLO DE MANERA OPCIONAL HASTA EL 31 DE AGO 2018
Estimados Clientes.
Hacemos de su conocimiento que con fecha 16 de febrero de 2018 se publica en la Página del SAT “Anteproyecto para la “Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018”. Reformando el artículo Séptimo Transitorio, ampliando el periodo opcional para expedir CFDI 3.3 SIN incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto 2018.
Copiamos texto íntegro:
TERCERO. Se reforma el Artículo Séptimo Transitorio de la RMF para 2018 publicada en el DOF el 22 de diciembre de 2017, para quedar como sigue:
“Séptimo Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.”
Derivado de lo anterior, al ser opcional la emisión del CFDI DE PAGOS hasta el 31 de agosto del 2018, en consecuencia, será obligatorio a partir del 01 de septiembre del 2018.
Reiterando que la ampliacion citada es un anteproyección que se encuentra publicado en la página del SAT, estaremos al pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
ATENTAMENTE:
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.