Estimados clientes:
Dando seguimiento al boletín 32/2019, proporcionamos a ustedes un resumen adjunto de los lineamientos y obligaciones de control volumétrico para quienes FABRIQUEN, PRODUZCAN, PROCESEN, TRANSPORTEN, ALMACENEN, DISTRIBUYAN O ENAJENEN HIDROCARBUROS Y PETROLÍFEROS contenidos en las reglas de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2018.
Por lo anterior, adjuntamos a ustedes lo siguiente, agradeciendo su lectura:
- Resumen elaborado por nuestra firma, con las obligaciones del 2019 del control volumétrico. (Archivo en PDF denominado “BOLETIN 33_2019 Oblig 2019-Controles Volumetricos-ResumenFCH”)
- Normatividad fiscal 2019 y Reglas de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2018, relacionadas con este tema. (Archivo en PDF denominado “BOLETIN 33_2019 Oblig 2019-Controles Volum-Normatividad y Reglas3Armf”)
- Anexo 30. “Especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos” (Archivo en Word denominado Anexo30_RMF2018_191018)
- Anexo 31. “De los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos y de los certificados que se emitan”(Archivo en Word denominado Anexo31_RMF2018_191018).
- Anexo 32. “De los servicios de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina, y de los dictámenes que se emitan”(Archivo en Word denominado Anexo32_RMF2018_191018).
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.