Boletín 46 / 2019 FISCAL

CAMBIOS EN LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. ANEXO 24

Publicado 2019-08-06 18:18:57 |


Estimados Clientes:

En seguimiento a nuestro boletín 42/2019, informamos a ustedes de los cambios que ha sufrido el Anexo 24 de la RMF a través de las últimas publicaciones en el DOF y el portal del SAT, derivado a las ventas y/o servicios realizados en la zona fronteriza norte.

  1. El 7 de mayo del 2019, la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 24 “Contabilidad en medios electrónicos”, en el cual adicionó 3 cuentas para Ingresos por Ventas y/o Servicios (con el código 401.04 a 401.06) y 1 cuenta para Devoluciones sobre ingresos (con el código 402.02) lo anterior respecto de operaciones realizados en Zona Fronteriza Norte, recorriendo con esta numeración (asignada para las operaciones en la mencionada región) los códigos ya existentes.

Lo anterior, obligaba a los contribuyentes a modificar su código agrupador aun cuando no tuvieran actividades en la zona fronteriza norte, toda vez que la numeración de dichos códigos había cambiado a partir del 401.04 y 402.02, en cuentas de Ingresos y Devoluciones sobre ingresos, respectivamente.

  1. Quienes sí llevaron a cabo la modificación del Anexo 24 publicado el 7 de mayo del 2019, al realizar la validación de los códigos agrupadores en la página del SAT, previo al envío de los archivos de la contabilidad electrónica correspondiente de mayo (el cual se envía en los primeros días de julio) obtuvieron errores, debido a que el SAT no reconocía los códigos agrupadores 401.39 a 401.41 y el 402.05, porque aun cuando el concepto era el mismo que existía previamente la numeración del código era nueva.
  1. El 24 de julio del 2019 el SAT publicó en su portal, como versiones anticipadas lo siguiente:
  • Primera Modificación del Anexo 24 “Contabilidad Electrónica”. En dicho anexo, se modifican los códigos agrupadores del catálogo de cuentas, dejándolos como estaban hasta antes del 07 de mayo del 2019 (es decir sin recorrer la codificación de cuentas ya existentes no relacionadas con operaciones con Región Fronteriza ) y pasando las cuentas por la Venta y/o servicios en la zona fronteriza norte hasta el final de los conceptos de Ingresos y Devoluciones sobre ingresos, es decir:

- Las cuentas de ingresos pasaron del código 401.04 al 401.07 para quedar en el 401.39 al 401.41 y

- La de Devoluciones sobre ingresos del 402.02 al 402.05.

  • 1ra Resolución a la Modificación de la RMF 2019. En el artículo sexto transitorio establece la posibilidad de enviar la contabilidad electrónica correspondiente al mes de MAYO conjuntamente con la de JUNIO (es decir a más tardar el día 03 o 05 de Agosto, según se trate de Persona Moral o Física, respectivamente) en atención y considerando los cambios antes mencionados al Anexo 24.
  1. Por lo anterior, es de importancia comentarles que al día de hoy el Anexo 24 que deberán aplicar es el publicado el 24 de julio del 2019 como versión anticipada de la Primera Modificación.

Lo anterior debido a que SAT puede emitir versiones anticipadas de reglas de carácter general en su página de internet, y los beneficios contenidos en dichas reglas son aplicables a partir de la publicación en su portal en términos de la regla 1.8 de la RMF 2019.

Adjuntamos a ustedes un comparativo en los cambios que ha sufrido el Anexo 24.

 

ATENTAMENTE.

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

Comparativo_Cambios Anexo 24_FCH570.pdf