Boletín 33 / 2020

COVID 19-PRODECON LANZA LA CAMPAÑA DECLARA EN TU CASA

Publicado 2020-03-25 12:46:48 |


Estimados Clientes:

El día de ayer PRODECON publicó en su página de internet el boletín denominado: PRODECON LANZA LA CAMPAÑA PARA PERSONAS FÍSICAS “DECLARA EN TU CASA”.

http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/sala-de-prensa/comunicacion-social/boletines

Mediante este BOLETÍN, la PRODECON incentiva a los contribuyentes al uso de sus servicios vía remota (chat en línea, correo electrónico y telefónica) para disminuir la asistencia de los contribuyentes a las oficinas del SAT, como parte de las medidas de prevención ante la pandemia COVID-19. lanzando la campaña DECLARA EN TU CASA.

De igual forma, en el mencionado boletín, la PRODECON informa que desde la semana pasada sugirió al SAT considerar las siguientes medidas:

1. AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA PRESENTAR ANUAL DE PERSONA MORAL.- Emitir una regla de carácter general que amplíe el plazo para la presentación de la declaración anual, tanto de PERSONAS MORALES como de PERSONAS FÍSICAS, hasta el 31 de julio de 2020.

2. PAGO EN PARCIALIDADES DEL ISR ANUAL DE PERSONAS MORALES.- Otorgar la opción para que las PERSONAS MORALES paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas.

3. AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA DEVOLVER AUTOMÁTICAMENTE SALDOS A FAVOR DE PF.- Ampliar el plazo que prevé la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, para solicitar la devolución del ISR de las PERSONAS FÍSICAS a través del Sistema Automático de Devoluciones durante todo el ejercicio fiscal de 2020.

4. DIFERIMIENTO DEL PLAZO PARA PRESENTAR PAGOS PROVISIOANLES DE MARZO A MAYO 2020.- Diferir hasta el 31 de julio de 2020 la presentación de los pagos provisionales, tanto de PERSONAS MORALES como de PERSONAS FÍSICAS, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

5. SUSPENSIÓN DE PLAZO PARA INTERPONER MEDIOS DE DEFENSA.- Tomando en cuenta que para la presentación del recurso de revocación resulta indispensable la utilización de la e-firma y que existen casos en los que a los contribuyentes ya se les venció el certificado de la e-firma, aunado a que se encuentran saturadas las citas para la renovación de dicho implemento, se sugiere suspender los plazos para la interposición de ese medio de defensa.

Reiteramos que las anteriores son propuestas que la PRODECON a puesto a consideración del SAT, mismas que NO se encuentran, aún, reguladas en reglas de Resolución Miscelánea Fiscal, por que el presente boletín es solo para informar a ustedes las acciones qye dicha PROCURADURÍA está emprendiendo en beneficio de los contribuyentes.

En caso de tener certeza de alguna regla o comunicado de PRENSA emitido por el SAT en el que se autorice alguna o todas las propuestas de la PRODECON, informaremos a ustedes de forma inmediata.

Adjuntamos dicho boletín.

ATENTAMENTE

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

PRODECON-boletin_005_2020_declara_en_tu_casa_FCH450.pdf