Esimados Clientes:
Con fecha del DOF del día de ayer, en su sección vespertina, el IMSS da a conocer el siguiente acuerdo:
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 30 de marzo pasado, por el que se autoriza, en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, declarar como inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos los días comprendidos del día de la publicación de este Acuerdo hasta que se determine que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19; periodo durante el cual no correrán plazos ni términos.
Adjuntamos texto íntegro de este acuerdo en el que se señala como inhábil para los efectos mencionados en el párrafo anterior (es decir, para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos) el periodo comprendido del 31 de Marzo y hasta que se determine por este Órgano de Gobierno, que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.