Boletín 85 / 2020 FISCAL

USO OPCIONAL DEL BUZÓN IMSS - LINEAMIENTOS

Publicado 2020-07-13 18:24:55 |


Estimados Clientes:

 Con fecha 09 de julio del presente, se publica en el Diario Oficial de la Federación en la Sección del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, el ACUERDO ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, y su Anexo Único, por el que se aprueban los Lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS

1. OBJETIVO:

El objetivo de estos Lineamientos para el uso del Buzón IMSS, es regular,  A TRAVÉS DEL BUZÓN IMSS:

  • Las actuaciones de los particulares, y
  • Notificación electrónica de actos o resoluciones administrativas emitidos por el Instituto en documentos digitales que sean firmados mediante e.firma de la persona servidora pública competente.

Entendiendo por ACTUACIÓN, de acuerdo con la fracción II del Lineamiento número 2: 

Las comunicaciones, trámites, solicitudes, avisos, procedimientos administrativos y cualquier promoción que realicen los particulares ante el Instituto, por medio del Buzón IMSS, con el uso de la e.firma y, a través de documentos digitales, de manera espontánea o en cumplimiento a requerimientos efectuados por el IMSS.

 Y como ACTOS O RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, de acuerdo con la fracción I del lineamiento número 2: 

Los comunicados, avisos, servicios, actos jurídicos y administrativos tales como: notificaciones, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentación; notificaciones de resoluciones y cédulas de liquidación, entre otros, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido, emitidos por el Instituto en documento digital que sea firmado mediante e.firma de la persona servidora pública competente y notificado al particular o interesado.

2. SUJETOS A QUIENES APLICA:

Los sujetos a quienes aplican estos Lineamientos, son los particulares que soliciten y manifiesten al IMSS su conformidad para realizar actuaciones ante el Instituto a través del Buzón IMSS, como medio de comunicación electrónico, mediante el uso de su firma electrónica avanzada, amparada por un certificado vigente emitido por el SAT.

De acuerdo con el Lineamiento 4.1 de las Disposiciones Generales, habilitar el Buzón IMSS es una opción como medio de contacto, para que los actos o resoluciones administrativas emitidas por el IMSS se hagan por medio del Buzón.

Los lineamientos señalan que para el uso del Buzón IMMS, los particulares deberán registrar en la página de internet del IMSS www.imss.gob.mx, los mecanismos de comunicación como medios de contacto, considerando al menos una dirección de correo electrónico y hasta cinco, así como un número de teléfono móvil y firmar una manifestación expresa de conformidad para que el IMSS actúe mediante dicho Buzón.

 

Adjuntamos a ustedes texto íntegro de la publicación.

 

ATENTAMENTE

FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

Adjuntos

2020_07_09_DOF_IMSS_FCH550.doc