COVID-19. DECRETO VERACRUZ. MEDIDAS TEMPORALES DE INMEDIATA APLICACIÓN PARA REGULAR LA AGLOMERACIÓN Y MOVILIDAD DEL 05 AL 31 DE AGOSTO DE 2020.
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El Gobierno de Veracruz, publicó el martes, 04 de agosto de 2020, en la Gaceta Oficial número 310, Extraordinaria tomo II, el “DECRETO POR EL QUE SE DETERMINAN MEDIDAS TEMPORALES DE INMEDIATA APLICACIÓN PARA REGULAR LA AGLOMERACIÓN Y MOVILIDAD DEL 05 AL 31 DE AGOSTO DE 2020, DERIVADO DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19) EN EL TERRITORIO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE”, en el cual emite medidas temporales de inmediata aplicación del 05 al 31 de agosto de 2020 en todos los municipios del estado de Veracruz, con la finalidad de evitar la aglomeración de personas en el territorio del Estado, así como para lograr la contención de la epidemia, disminuir el pico de contagios, evitar colapsar los servicios de salud, y de esta manera garantizar de forma efectiva el derecho de protección a la salud de la población veracruzana, derivado de la emergencia sanitaria generada COVID-19.
Las medidas temporales de aplicación inmediata son las siguientes:
- Restringir al 50% el número de pasajeros por viaje para el servicio de transporte público, ocupando exclusivamente los asientos de ventanilla; y, supervisar que las personas usuarias hagan uso del cubrebocas;
- Los concesionarios del servicio de transporte público, deberán sanitizar periódicamente sus unidades e implementar el uso de gel antibacterial al interior de las mismas;
- Restringir al 50% el número de personas trasladándose en vehículos particulares, y
- Entre otras anunciadas y las que pretendan implementar los Ediles.
Adjuntamos la Gaceta Oficial número 310, Extraordinaria, tomo II, con fecha 04 de agosto del 2020.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.