COVID-19. IMSS. ACUERDOS QUE REANUDAN EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS Y TÉRMINOS
Estimado cliente.
El 26 de agosto de 2020, el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación los siguientes Acuerdos por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos, los cuales empezaran a correr a partir del 27 de agosto del 2020 (a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación):
- “Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.140820/204.P.SG, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente de 14 de agosto de 2020, por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del Acuerdo, lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19”.
En este acuerdo se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos de “Recurso de Inconformidad” y “Correspondencia” (procedimientos detallados en el Anexo del mismo Acuerdo).
A continuación, transcribimos los artículos del mencionado acuerdo:
Acuerda:
Primero.- Autorizar que se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del presente Acuerdo, los cuales comenzarán a correr a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el ‘Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19’.
Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero.- Instruir al Titular de la Dirección Jurídica para que ordene el despacho y realización de los trámites y gestiones ante las instancias competentes, para la publicación del presente Acuerdo y su Anexo Único en el referido órgano de difusión.
- “Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.140820/205.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente de 14 de agosto de 2020, por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos legales pudiéndose realizar y desahogar aquellas actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones, requerimientos y demás actividades necesarias para el trámite de los procedimientos relacionados con Reclamaciones de Indemnización Patrimonial del Estado y el Recurso de Revisión Administrativa a que hace referencia el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.250320/99.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 25 de marzo de 2020; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19”.
A continuación, transcribimos los artículos del acuerdo mencionado:
Acuerda:
Primero.- Autorizar a que, a partir del día hábil siguiente a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Acuerdo, se reanude el cómputo de los plazos y términos legales pudiéndose realizar y desahogar aquellas actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones, requerimientos y demás actividades necesarias para el trámite de los procedimientos relacionados con Reclamaciones de Indemnización Patrimonial del Estado y el Recurso de Revisión Administrativa a que hace referencia el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.250320/99.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 25 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19.
Segundo.- La realización de las actuaciones y diligencias se desarrollará en la medida en que las condiciones sanitarias lo permitan, siguiendo las medidas y lineamientos que dicten las autoridades sanitarias así como el propio Instituto Mexicano del Seguro Social, tendientes a preservar la salud e integridad de las personas servidoras públicas y particulares.
Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto.- Se instruye al Titular de la Dirección Jurídica para que ordene el despacho y realización de los trámites y gestiones necesarias ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Adjuntamos los acuerdos mencionados en documento Word.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.