TASAS EFECTIVAS DE ISR POR SECTORES, APLICABLES A GRANDES CONTRIBUYENTES PUBLICADAS POR EL SAT
Estimados Clientes:
De acuerdo al artículo 33, fracción I, inciso i) del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales tienen facultad para dar a conocer a los contribuyentes las tasas efectivas de ISR, esto con la finalidad de medir riesgos impositivos.
Con base en lo anterior, el pasado 01 de agosto del 2021, el SAT dio a conocer mediante comunicado de prensa la segunda publicación de los parámetros que el SAT tomará como referencia con respecto a las tasas efectivas de impuesto sobre la renta para la medición de riesgos impositivos correspondientes a cuarenta actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes. En su comunicado el SAT menciona que como resultado de sus procesos de análisis realizados al interior, ha contactado a contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de las dadas a conocer por el SAT, con el fin de que los contribuyentes realicen un análisis, y en su caso, corrijan su situación fiscal.
En el archivo adjunto se mencionan 84 actividades económicas, pertenecientes a 12 sectores económicos:
- Construcción,
- Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas,
- Industrias manufactureras,
- Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación,
- Minería,
- Transporte,
- Correos y almacenamiento,
- Comercio al por mayor y comercio al por menor,
- Servicios inmobiliarios y de alquiler,
- Servicios financieros y de seguros,
- Servicios profesionales, científicos y técnicos,
- Electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final; entre los que se encuentran las industrias de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, hotelería, turismo y otras.
Todo lo anterior, como ya lo mencionamos, con base en la facultad que el mencionado artículo 33 confiere al Servicio de Administración Tributaria para que al amparo de programas de cumplimiento voluntario, pueda informar al contribuyente, a su representante legal y en el caso de las personas morales, a sus órganos de dirección, cuando detecte supuestos de riesgo con base en los parámetros señalados en el párrafo anterior, sin que se considere que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación.
Adjuntamos al presente las tasas impositivas publicadas por el SAT, así como el comunicado de prensa.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.