JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES REGIONALES DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Estimados clientes:
En seguimiento a nuestros Boletines Legales 19/2021, 21/2021, 22/2021 y 23/2021, el día 22 de octubre del año en curso, se publicó en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en su edición Extraordinaria No. 422 el ACUERDO QUE ESTABLECE LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES REGIONALES DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer la jurisdicción territorial de las Delegaciones Regionales de Conciliación Laboral del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con la finalidad de que pueda cumplir con su objeto de ofrecer el servicio público de conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local.
Por lo que las Delegaciones Regionales de Conciliación Laboral del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave de las Delegaciones Regionales de Boca del Río, Córdoba y Xalapa tendrán la jurisdicción territorial siguiente:
Delegación Regional de Conciliación Laboral Boca del Río. Con residencia en Boca del Río, cuya jurisdicción territorial comprende los municipios de: Alvarado, Boca del Río, Cotaxtla, Ignacio de la Llave, Jamapa, La Antigua, Manlio Fabio Altamirano, Medellín de Bravo, Paso de Ovejas, Puente Nacional, Soledad de Doblado, Tlalixcoyan, Úrsulo Galván y Veracruz.
Delegación Regional de Conciliación Laboral Córdoba. Con residencia en Córdoba, cuya jurisdicción territorial comprende los municipios de: Acultzingo, Alpatláhuac, Amatlán de los Reyes, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac, Atzacan, Camerino Z. Mendoza, Calcahualco, Camarón de Tejeda, Carrillo Puerto, Chocamán, Coetzala, Comapa, Córdoba, Coscomatepec, Cuichapa, Cuitláhuac, Fortín, Huatusco, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlancillo, Ixtaczoquitlán, La Perla, Los Reyes, Magdalena, Maltrata, Mariano Escobedo, Mixtla de Altamirano, Naranjal, Nogales, Omealca, Orizaba, Paso del Macho, Rafael Delgado, Río Blanco, San Andrés Tenejapan, Sochiapa, Soledad Atzompa, Tehuipango, Tenampa, Tepatlaxco, Tequila, Texhuacán, Tezonapa, Tlacotepec de Mejía, Tlaltetela, Tlaquilpa, Tlilapan, Tomatlán, Totutla, Xoxocotla, Yanga, Zentla y Zongolica.
Delegación Regional de Conciliación Laboral Xalapa. Con residencia en Xalapa, cuya jurisdicción territorial comprende los municipios de: Acajete, Acatlán, Actopan, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Altotonga, Atzalan, Apazapan, Ayahualulco, Banderilla, Chiconquiaco, Coacoatzintla, Coatepec, Cosautlán de Carvajal, Emiliano Zapata, Ixhuacán de los Reyes, Jalacingo, Jalcomulco, Jilotepec, Landero y Coss, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Miahuatlán, Naolinco, Perote, Rafael Lucio, Tatatila, Teocelo, Tepetlán, Tlalnelhuayocan, Tonayán, Tlacolulan, Villa Aldama, Xalapa y Xico.
El acuerdo entró en vigor el día de su publicación y estará vigente hasta en tanto el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, emita su Reglamento, esto de conformidad con el SEGUNDO transitorio de dicho acuerdo.
Adjuntamos a ustedes archivo que contiene íntegro el Acuerdo para su lectura.
Atentamente:
Ficachi y Asociados, S.C.