MONTO DE PTU 2021 QUE SE DEBE MANIFESTAR EN LA DECLARACIÓN ANUAL 2021 Y PROVISIONAR EN CONTABILIDAD.
Estimados clientes:
En seguimiento a nuestro boletín fiscal 63/2021, en el que proporcionamos a ustedes el formato para determinar la PTU considerando los nuevos límites de tres meses de salario o el promedio de la PTU de los últimos tres ejercicios (el que resulte más favorable) establecido en la nueva fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, hacemos de su conocimiento que antes de presentar la declaración del ejercicio deberá realizarse el cálculo definitivo (a más tardar en el mes marzo tratándose de personas morales, o a más tardar en el mes de abril tratándose de personas físicas), a fin de conocer el monto de la PTU del ejercicio 2021 que se distribuirá dentro de los sesenta días posteriores a la presentación de la declaración anual. Lo anterior toda vez que el importe definitivo determinado con base en dicho formato que considera ya los nuevos límites, debe quedar provisionado en la contabilidad en dicho ejercicio y manifestado así en la declaración anual del ejercicio 2021.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS