Estimados Clientes:
En relación con la obligación existente ya desde antes de la reforma fiscal 2022, de que las personas mayores de edad (incluyendo los jóvenes de 18 años) soliciten su inscripción en el RFC, el día de ayer el SAT dio a conocer un comunicado de prensa señalando que no serán motivo de sanciones aquellos jóvenes de 18 años que no tengan actividades económicas y que no se inscriban al RFC, lo cual no es una concesión administrativa de dicho organismo, sino simplemente la aclaración de lo que ya se encuentra en el propio Código Fiscal de la Federación, toda vez que la reforma consistió en adicionar a la obligación ya existente de que las personas mayores de edad se inscriban, el hecho de que se inscriban bajo el rubro de “inscripción de personas físicas sin actividad económica”, sin embargo la propia reforma señala que en el caso de que las personas físicas mayores de edad que no tengan ingresos no se inscriban bajo este rubro, no existirá sanción por no hacerlo. A continuación el texto de dicha reforma incluyendo el señalamiento de que no existirá sanción por no realizarlo:
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Artículo 27. En materia del Registro Federal de Contribuyentes, se estará a lo siguiente:
A. Sujetos y sus obligaciones especificas:
I. …
II. …
…
Las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, conforme al Reglamento de este Código, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones y tampoco les serán aplicables sanciones, incluyendo la prevista en el artículo 80, fracción I, de este Código
B. ...
...
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.