SOLICITUD AL SAT DE COPIAS CERTIFICADAS DE DECLARACIONES PRESENTADAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
Estimados clientes.
Por extravío u otras circunstancias, en diversas ocasiones algunos contribuyentes nos han hecho saber que no cuentan con todas declaraciones anuales con las que debe contar la empresa como parte de su contabilidad, las cuales son fundamentales para la determinación correcta de ciertas cifras fiscales como son:
- La Cuenta de Utilidad Fiscal Neta,
- Las Pérdidas pendientes de amortizar
- El dato histórico de pérdidas amortizadas contra las utilidades durante los ejercicios siguientes a la obtención de las mismas
- El valor fiscal de las acciones de la sociedad
Por lo que debido a la falta de información las cifras antes relacionadas pueden ser cuestionadas en cuanto a su veracidad en caso de una revisión de las autoridades fiscales.
Por lo anterior ponemos a su disposición a manera de recordatorio, el siguiente trámite que permite realizar una “Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos”, en términos del artículo 31, último párrafo del Código Fiscal de la Federación y de la ficha de trámite “123/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos” del anexo 1-A de la RMF 2022, a fin exhortándoles si este es el caso a contar con las declaraciones que no puedan descargar directamente en las aplicaciones actuales del portar SAT.
A continuación transcribimos el último párrafo del artículo 31 del CFF.
Artículo 31. Las personas deberán presentar las solicitudes en materia de Registro Federal de Contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos o herramientas electrónicas y con la información que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, enviándolos a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según sea el caso, debiendo cumplir los requisitos que se establezcan en dichas reglas para tal efecto y, en su caso, realizar el pago correspondiente mediante transferencia electrónica de fondos. Cuando las disposiciones fiscales establezcan que se acompañe un documento distinto a escrituras o poderes notariales y éste no sea digitalizado, la solicitud o el aviso se podrá presentar en medios impresos.
………
A petición del contribuyente, el Servicio de Administración Tributaria emitirá una constancia en la que se señalen las declaraciones presentadas por el citado contribuyente en el ejercicio de que se trate y la fecha de presentación de las mismas. Dicha constancia únicamente tendrá carácter informativo y en ella no se prejuzgará sobre el correcto cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Para ello, el Servicio de Administración Tributaria contará con un plazo de 20 días contados a partir de que sea enviada la solicitud correspondiente en documento digital con firma electrónica avanzada, a la dirección electrónica que señale el citado Servicio mediante reglas de carácter general y siempre que se hubieran pagado los derechos que al efecto se establezcan en la ley de la materia.
La solicitud de dichas declaraciones se realiza a través del portal del SAT y su procedimiento consiste en lo siguiente:
1. Se debe ingresar con RFC y contraseña al aplicativo “Mi portal” a través del siguiente link. https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/88626/copias-certificadas-de-declaraciones-presentadas-por-medios-electronicos
2. Dentro de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud se llenan los datos solicitados en el formulario del Apartado “Descripción del Servicio” de acuerdo a lo siguiente:
Apartado “Descripción del Servicio”:
- Trámite: Seleccionar la opción COPIA CERTIFICADA
- Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria
- Asunto: “Expedición de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos”
- Descripción: Señalar las declaraciones y periodos de los cuales se solicitan las copias certificadas.
Y clic en el botón de enviar.
3. Después de enviar la solicitud se generará el número de folio de la solicitud y el acuse de recepción, en el que indicará la fecha a partir de la cual se puede consultar la respuesta o estado de la solicitud.
4. En caso de proceder la solicitud, en el mismo aplicativo “Mi portal” se podrá descargar la hoja de pago de derechos por dicha solicitud para realizar el pago correspondiente. (El costo de este tipo de solicitud es de $23.22 por cada hoja tamaño carta u oficio, en términos del artículo 5, fracción I de la Ley Federal de Derechos y el Anexo 19 de la RMF 2022.)
5. Una vez realizado el pago, se envían los comprobantes de pago a la autoridad y ésta emitirá un acuse de recepción indicando la fecha y la oficina del SAT a la que se puede acudir para recibir las copias certificadas solicitadas.
Cabe mencionar que hasta el 2021 existía la ficha de trámite “124/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas en formatos fiscales en papel” del Anexo 1-A, mismo que permitía la posibilidad de recuperar declaraciones presentadas en papel, sin embargo, dicha ficha de trámite fue derogada para el 2022, lo que nos hace suponer que actualmente solo es posible solicitar declaraciones presentadas a través de medios electrónicos.
Con base en lo antes señalado, adjuntamos a ustedes la ficha de trámite “123/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos” mencionada, para que sigan al pie de la letra el procedimiento detallado en los apartados ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? y ¿Qué requisitos debo cumplir?
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.